Bonificación a la Retención
El objetivo de este subsidio es impulsar el regreso y la mantención de los contratos de trabajadores suspendidos bajo la Ley de Protección al Empleo, por medio del pago de una bonificación mensual de $160.000 por un plazo de 6 meses.
Requisitos: Para la empresa i. Contribuyentes de primera categoría. ii. Haber experimentado una caída de al menos del 20% en sus ingresos durante el cuatrimestre abril a julio de 2020, con relación al cuatrimestre abril a julio de 2019. Respecto del trabajador i. Mayor de 18 años. ii. Que haya sido reincorporado a sus funciones iii. La remuneración bruta mensual deberá ser igual o inferior a 3 ingresos mínimos mensuales ($961.500).
Bonificación a la Contratación
Su objetivo es incentivar nuevas contrataciones, por medio del pago de una bonificación equivalente al 50% de la remuneración bruta mensual del trabajador al mes de la postulación, con tope de $250.000 por mes, por cada contratación adicional que realicen las empresas respecto de su nómina de trabajadores al mes de julio de 2020. En caso de que la nueva contratación se verifique respecto de una trabajadora, un menor de 24 años o una persona con discapacidad el monto de la bonificación será equivalente al 60% de la remuneración bruta mensual, con tope de $270.000 por mes. La bonificación se otorgará hasta por 6 meses, contados desde la fecha de inicio de su otorgamiento.
Requisitos: Para la empresa i. Contribuyentes de primera categoría. Trabajador objeto del beneficio i. Que sea mayor de 18 años. ii. Que su remuneración bruta mensual sea inferior a 3 ingresos mínimos mensuales ($961.500) a la fecha de postulación. Nuevo trabajador aquel que ha sido contratado por la empresa después al 28 de septiembre de 2020 y que no ha trabajado en una empresa que forme parte de un mismo grupo empresarial de la empresa beneficiaria, después de la fecha indicada. El empleador no podrá acceder al beneficio respecto de aquellos trabajadores que haya despedido por cualquier causal con posterioridad 28 de septiembre de 2020 (fecha de la resolución 625) y que luego haya recontratado.
Se podrá postular a las bonificaciones hasta el 31 de marzo de 2021.